No todos los "puentes" son días de descanso obligatorio. La LFT (Art. 74) marca solo unos cuantos días festivos oficiales; el resto son asuetos bancarios o escolares que no obligan a tu patrón. Aquí el calendario oficial 2026.
Días de descanso obligatorio 2026
| Fecha | Motivo |
|---|---|
| Jueves 1 de enero | Año Nuevo |
| Lunes 2 de febrero | Aniversario de la Constitución (5 feb) |
| Lunes 16 de marzo | Natalicio de Benito Juárez (21 mar) |
| Viernes 1 de mayo | Día del Trabajo |
| Miércoles 16 de septiembre | Independencia de México |
| Lunes 16 de noviembre | Revolución Mexicana (20 nov) |
| Viernes 25 de diciembre | Navidad |
En 2026 no hay transmisión del Poder Ejecutivo Federal (1 de octubre, cada seis años) ni elecciones federales ordinarias, así que esos días no aplican este año.
¿Y el 3 de mayo, 10 de mayo, 2 de noviembre…?
No son días de descanso obligatorio por la LFT. Pueden ser asuetos escolares, bancarios o costumbre de cada empresa, pero tu patrón no está obligado a darlos ni a pagarlos como festivos.
Si trabajas un día festivo oficial
Tienes derecho a tu salario del día más un pago doblepor laborarlo: en total, el día se paga triple (Art. 75 LFT). Calcula ese y otros pagos extra en la calculadora de horas extra, o revisa la guía de tiempo extra y festivos.